Existen aproximadamente 140,000 visas de trabajo que se adjudican cada año fiscal (1 de octubre – 30 de septiembre). Usted puede presentar una solicitud para tratar de obtener una de estas visas limitadas de trabajo si usted califica bajo una de las cinco categorías de preferencia.
Para obtener una de estas visas, su futuro empleador debe estar dispuesto a ayudarle. Además, usted debe ser elegible. Nuestros abogados trabajarán con usted para asegurarse de que (1) su solicitud esté correcta; (2) su archivo esté completo; y (3) todos los documentos requeridos estén incluidos.
Las visas de inmigrante basadas en empleo se emiten en el orden en que las solicitudes son presentadas hasta alcanzar el límite anual. La fecha en que se presente su solicitud será la fecha de prioridad del solicitante. Puede haber un período de espera de varios años antes de que llegue su fecha de prioridad.
Una entrevista será programada en su embajada o consulado de los EE.UU. La entrevista será conducida por un oficial consular. Nuestros abogados le notificarán la fecha y la hora de su entrevista y se asegurarán de que usted esté preparado para todas las preguntas.
Antes de su entrevista, usted tendrá que completar un examen médico y obtener cualquier vacuna requerida, de ser necesario. Le asistiremos en conseguir una cita con un médico calificado.
En general, los casos de visas de inmigrante basadas en empleo requieren más tiempo debido a los números y categorías limitadas. El tiempo de demora varía de un caso a otro y es difícil de predecir con exactitud. Algunas solicitudes de visa requieren un proceso administrativo más complejo, lo cual conlleva tiempo adicional después de que el funcionario consular haya entrevistado al solicitante.
De acuerdo a su petición aprobada, su esposo(a) e hijo(a)s soltero(a)s, menores de 21 años, también pueden solicitar visas de inmigrantes como dependientes de usted. Cónyuges del mismo sexo de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes (LPR), junto con sus hijos menores de edad, ahora son elegibles para los mismos beneficios de inmigración. Los funcionarios consulares de las embajadas y consulados de Estados Unidos adjudicarán las solicitudes para la emisión de las visas tras la recepción de una petición I-130 o I-140 aprobada por Servicios de Ciudadanía e Inmigración.
Además de los honorarios al abogado, el proceso de solicitud implica distintos cargos del gobierno. Estas tarifas no son reembolsables. Le informaremos de todas las cuotas requeridas con anticipación y, de ser necesario, podemos hacer un plan de pagos.
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