La 4ta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos nos da uno de los derechos individuales más valiosos. Específicamente nos da el derecho de estar seguros en nuestros hogares. También nos protege de inspecciones y embargos no razonables. Sin embargo, porque estos derechos son personales- sólo usted puedes hacerlos valer. Y si usted no los hace valer, nadie los va a hacer valer por usted. De hecho, se considera que usted renuncia a sus derechos cuando no los reclama o hace valer personalmente.
Además, con muy pocas excepciones el gobierno no tiene la obligación de explicarle sus derechos antes de preguntarle que haga algo que implicaría la renuncia a éstos derechos.
Como la 4ta enmienda de la Constitución es una de los derechos fundamentales de la libertad individual en nuestra sociedad, un pequeño repaso a su historia es educativo. Los fundadores de Estados Unidos generalmente coincidían que todas las persona tenia el derecho natural de ser libres de la intrusión del gobierno en sus hogares. De hecho, una de las injusticias más grandes que llevaron a la Revolución Americana fue el uso los “mandatos de ayuda” por el gobierno Inglés. Con un “mandato de ayuda,” los representantes del Rey podían entrar a su propiedad sin previo aviso y sin ninguna razón en particular. Un caso famoso de esa época es el de un abogado de Boston, James Otis, quien representaba un grupo de comerciantes que demandaron al gobierno Inglés, alegando que el uso del “mandato de ayuda” era injusto. Aunque el Sr. Otis perdió el caso, su argumento condenando los “mandatos de ayuda” y las ordenes de inspecciones generales fueron considerados por muchos una de las chispas que dieron origen a la Revolución Americana. Algunos revolucionarios patriotas, como Benjamin Franklin, también estaban muy conscientes de la importancia de proteger sus derechos al comprenderlos y, después cuando fuera necesario defenderlos. Esta idea fue resumida por el Sr. Franklin con las siguientes palabras: “Aquellos que pueden renunciar a la libertad esencial para obtener un poco de seguridad temporal, no merecen ni la libertad ni la seguridad.” Aunque estas palabras siguen siendo válidas hoy en día, hay muchas razones por las cuales las personas se sienten incomodos al ejercer sus derechos constitucionales correctamente.
Existe el temor natural de ser visto como poco cooperativo. “¿Por qué esa persona no quiso dejar a la policía revisar su coche sí no hizo nada malo?” Además, incluso un encuentro rutinarios con la policía puede ser muy intimidantes por el simple hecho de saber que la policía tiene el poder de arrestarlo. Por lo tanto, es muy probable que el nivel de estrés suba con el simple pensamiento de decirle “no” a un policía.
Estas son todas las razones por las que la gente toma en cuenta cuando decide consentir las ordenes inconstitucionales de la policía, en vez de decir no. Así que, aún y cuando conoces y entiendes tus derechos, se necesita valentía para realmente hacerlos valer- que es lo que finalmente nos protege a todos. Aunque generalmente aconsejamos cooperar con la policía, a veces también nos complace ver ejemplos de personas que ejercen afirmativamente sus derechos constitucionales en lugar de tomar el camino de no oponerse.
Un ejemplo de alguien que hizo justamente esto, esta documentado en YouTube video. El Sr. Avel Amarel estaba en su casa cuando dos policías tocaron la puerta buscando por una presunto delincuente. Frente algunas tácticas agresivas de los oficiales, el Sr. Amarel continuó filmando el encuentro y se mantuvo parado en su derecho constitucional. Estamos seguros que algunos que vean éste video consideraran al Sr. Amarel como un obstruccionista innecesario, y que otros consideraran el comportamiento de los oficiales como intimidante y abusivo. Pero independientemente de su punto de vista- es un ejemplo perfecto de cómo hacer valer sus derechos. También es importante destacar que los dos oficiales en esa ocasión ultimadamente respetaron los derechos constitucionales del Sr. Amarel y continuaron su camino. Para ver este video y decidir por ti mismo vaya haga click aquí.
Para más información sobre inspecciones con órdenes judiciales y el derecho de la 4ta Enmienda, haga click en éste link para la página de nuestra oficina sobre Órdenes Judiciales.